Discursos de odio se deben castigar con cárcel: Emilio Salazar

Discursos de odio se deben castigar con cárcel: Emilio Salazar

Ya que incitan a la violencia y comisión de delitos graves como los feminicidios, asegura el legislador federal

Ciudad de México.– Al pleno del Congreso de la Unión se presentó la propuesta de modificar el Código Penal Federal para sancionar con cárcel de uno a tres años; de 150 a 300 de trabajo a favor de la comunidad, y con multa de hasta 200 días, a quien promueva, fomente o incite al odio, la violencia o la discriminación, dio a conocer Emilio Salazar Farías, diputado federal por el estado de Chiapas.

Dichas penas se incrementarán en una mitad, cuando esas expresiones se difundan a un número elevado de personas a través de algún medio de comunicación o del uso de tecnologías o mecanismos de difusión masiva. La propuesta de modificación al artículo 149 TER de dicho ordenamiento, pretende ampliar las hipótesis punibles y sus agravantes por conductas que atenten contra la dignidad y los derechos de toda persona, explicó el presidente de la Comisión de Desarrollo Municipal de la LXIII Legislatura.

El documento que fue turnado a la Comisión de Justicia, manifiesta que  el discurso de odio puede generar un clima de discriminación y trivialización o justificación de delitos como feminicidios y violación de derechos fundamentales de grupos vulnerables, distintas organizaciones de la sociedad civil y medios de comunicación han documentado el número de crímenes de odio en México, cuyas cifras lo colocan entre los países con mayor incidencia, por lo que el Estado debe hacerle frente y convertir en delito esas prácticas que ponen en riesgo a la sociedad.

Explicó que la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en su artículo 83, establece sanciones a quien promueva el odio, la violencia y la discriminación, las cuales distan de ser un mecanismo efectivo de coacción que inhiba las citadas conductas.

El representante popular del Distrito IX, dijo que la Constitución, en su Artículo 1°, contiene el antecedente legal de mayor trascendencia para inhibir esos discursos, pues prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado sobre los límites a la libertad de expresión frente al discurso de odio y la violencia, que va más allá de la mera manifestación de una idea o una opinión pues genera un clima de discriminación e impunidad.

Finalmente, Salazar Farías, destacó que en el ámbito internacional existen instrumentos de los que México forma parte, que obligan a los estados a combatir los discursos de odio y condenar la propaganda que inspire o incite a la violencia y la discriminación, y establecen la obligación de legislar lo necesario para combatir y sancionar dichos actos, concluyó.